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Solano
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Mensaje Publicado: Mie, 02 Abr 2014 7:42 am Responder citandoVolver arriba

Muy feliz

NOTICIA SOBRE NUEVAS TITULACIONES

Aseguran que se puede navegar sin título hasta 5 m a motor y 6 m a vela.

El Titulín 6 m. El PNB 8 m. El PER 15 m y 24 m con prácticas más amplias.
PY 24 m y navegar hasta 150 millas.

"Enlace"

He mirado el BOE, pero aun no se ha publicado.

Un saludo a todos


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Nihplod
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Mensaje Publicado: Mie, 02 Abr 2014 7:59 am Responder citandoVolver arriba

Parece que confirman que va a entrar en vigor... ¿será antes del verano?

La noticia:

Cita:
· Marina Mercante confirma la entrada en vigor de una nueva regulación de los títulos de navegación
· Permite navegar con el 'PER' embarcaciones de recreo de 24 metros entre la Península y Baleares

La segunda edición del Congreso Náutico en el Palau de Congresos de Barcelona tuvo una puesta de largo más que especial. Con un aforo profesional completo y representativo de la industria náutica española, convocados por la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN), la dirección de Marina Mercante presentó el nuevo texto legal que regulará los títulos de navegación en España a partir de ahora.

Como ya adelantó el pasado diciembre NAUTA360, se aumenta la eslora para poder navegar sin titulación, hasta cinco metros para embarcaciones a motor y seis metros para la vela. Además, se podrá navegar con la Licencia de Navegación (anterior titulín) con barcos de hasta seis metros de eslora, con la potencia recomendada por el fabricante, y con motos de agua, con dos horas de teoría y cuatro de prácticas.

Por otra parte, se amplían las atribuciones del título de Patrón de Navegación Básica hasta los ocho metros de eslora. Mientras que con el Patrón de Embarcación de Recreo (PER) se podrá navegar con embarcaciones de 15 metros. Si, además, se quiere navegar entre la Península y Baleares se requiere la realización de 24 horas de prácticas que también facilitan aumentar el gobierno de una embarcación hasta los 24 metros.

Con respecto al título de Patrón de Yate, con el nuevo texto legar permitirá navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y hasta 150 millas de la costa.

El portavoz de la Dirección General de la Marina Mercante, Fernando Henríquez, confirmó también que estos cambios entrarán en vigor en breve.

El sector del automóvil y el sector náutico
Por otra parte, en las jornadas profesionales sobre náutica, convocadas por el secretario general de ANEN, Carlos Sanlorenzo, también se intentó buscar un espejo de estudio y análisis en otras industrias para la mejora de la actual oferta náutica. Así, durante estas jornadas participaron diferentes expertos del sector de la industria de la automoción. Si bien son productos algo dispares, también tienen puntos en común.

En relación con la venta de embarcaciones de segunda mano, Salvador Espinal, gerente de DIFISA y miembro de Faconauto, recomendó un cambio de modelo actual de la venta de barcos como sucedió con los automóviles de ocasión. "Se necesita transparencia del mercado, el cambio que nosotros notamos con el vehículo de ocasión fue el tema de la confianza. Cuando hubo empresas que en el automóvil profesionalizaron la venta y el cliente tenía garantía, el mercado empezó a subir. Así crece el negocio", destacó Espinal.

Por otra parte, el representante de Faconauto también quiso destacar las ventajas de la compra de embarcaciones de segunda mano y cómo se deben ofrecer este tipo de operaciones. "No es siempre bueno comprar un barco o un coche nuevo, en el mercado de ocasión es fundamental que se aporte más valor a la unidad de ocasión. Quién compre un producto usado dependerá de quien se fíe. Un producto nuevo se vende por el prestigio de la marca, y uno usado se cierra la operación porque se fía del vendedor", añadió.

En esta misma línea, José Armenteros, de la empresa de medición de datos MSI, quiso destacar el potencial de la comercialización de embarcaciones. "El mercado de ocasión va a crecer, pero lo que no tiene futuro es el sector no profesionalizado. Los cambios se van a hacer en el futuro a través de profesionales y cada vez habrá más hueco", relató Armenteros.

Fuente: nauta360 - " El nuevo 'carné' para barcos ya es oficial"


No sé si no vamos a tener que poner unos cañones en la boya y el sistema de helio de Gironinsub... ¡Hasta 5m sin titulación!!! ¿Sin formación ninguna?. Confundido



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José Félix
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celacanto
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Mensaje Publicado: Mie, 02 Abr 2014 1:37 pm Responder citandoVolver arriba

Me temo que esa ley va a clear ploblemas a los buceadores.No veo nada de navegacion nocturna por lo que entiendo que sigue igual.Esto traera problemas en todos los sitios pero en el mediterraneo sera terrible. Asustado


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DANIROS
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Mensaje Publicado: Mie, 02 Abr 2014 5:21 pm Responder citandoVolver arriba

Entonces yo puede llevar un barco de 5 m con un 30 cv sin ningun tipo de titulacion ni carnet ni dada?

Un saludo y buenas pescas


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Picassub
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Mensaje Publicado: Mie, 02 Abr 2014 10:02 pm Responder citandoVolver arriba

Sin titulacion habla de 5m y la potencia? alguna restricción?


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Nihplod
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Mensaje Publicado: Jue, 03 Abr 2014 8:50 am Responder citandoVolver arriba

Picassub escribió:
Sin titulacion habla de 5m y la potencia? alguna restricción?


Un poco más de información:

Cita:
Ampiación de las atribuciones para los titulos más populares y mayor accesibilidad a la náutica de iniciación

· Se ha presentado en el marco del II Congreso Náutico y recoge la mayoría de las demandas planteadas por ANEN
· Aumenta la eslora para poder navegar sin titulación, hasta cinco metros para embarcaciones a motor y seis metros para la vela.
· Se podrá navegar con la Licencia de Navegación (anterior titulín) con barcos de hasta seis metros de eslora , con la potencia recomendada por el fabricante, y con motos de agua, con dos horas de teoría y cuatro de prácticas.
· Se amplían las atribuciones del título de Patrón de Navegación Básica hasta los ocho metros de eslora
· Aumenta la eslora permitida, hasta 15 metros, para navegar con el título de Patrón de Embarcación de Recreo que adicionalmente con la realización de 24 horas de prácticas permitirá gobernar embarcaciones de hasta 24 metros así como navegar entre la Península y Baleares.
· Se amplían las atribuciones del título de Patrón de Yate que permitirá navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y hasta 150 millas de la costa.

Barcelona, 1 de abril de 2014.- Son los principales cambios que introduce el texto definitivo de la Orden Ministerial que reforma las titulaciones náuticas y que se han dado a conocer hoy, por parte de la Dirección General de la Marina Mercante, durante el II Congreso Náutico, organizado por ANEN que se está celebrando en Barcelona.

Las negociaciones han sido intensas para alcanzar una normativa que nos aproxime al marco europeo y permita que nuestros títulos náuticos puedan competir en las mejores condiciones con los que existen en los países de nuestro entorno. Pero finalmente, la Administración atendiendo a la demanda del sector, con ANEN como principal portavoz e interlocutor, ha impulsado la reforma de las titulaciones náuticas que con el texto definitivo se espera que será publicada en breve plazo.

Este ha sido el tema estrella que se ha debatido durante la mesa redonda dedicada al Status quo reformador de la náutica de recreo, tras su presentación por parte del portavoz de la Dirección General de la Marina Mercante, Fernando Henríquez, y que regulará las titulaciones náutica españolas de acuerdo al siguientes condiciones y exigencias:


Exención de titulación:

- Motor hasta 5 metros.
- Vela hasta 6 metros.
- Potencia 11,2 kw (15CV)
- Navegación de día.
- 2 millas de un puerto de abrigo.


Licencia de Navegación:

- Motor y vela hasta 6 metros.
- Motos de agua.
- Potencia adecuada a la embarcación.
- Navegación de día.
- 2 millas de un puerto de abrigo.
- 2 horas de teoría (nociones radio).
- 4 horas de prácticas.
- Escuelas y Federaciones (con certificado de calidad).


Patrón de Navegación Básica:

- Motor hasta 8 metros.
- Potencia adecuada a la embarcación.
- Hasta 5 millas de un puerto de abrigo.
- Exámenes por la Administración.
- 8 horas de prácticas.
- Curso de radiocomunicaciones 4 horas (2T + 2P).
- Prácticas por las escuelas y Federaciones (con Certificado de calidad).


Patrón de Embarcación de Recreo:

- Motor y vela hasta 15 metros (vela previa realización prácticas específicas).
- Potencia adecuada a la embarcación.
- Navegación de día y de noche.
- 12 millas de la costa.
- Navegación dentro del archipiélago balear y canario.
- Exámenes por la Administración
- 16 horas de prácticas.
- Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P).
- Solo escuelas (con Certificado de calidad).
- Adicionalmente, si se realizan 24 horas de prácticas, este título habilitará para navegar:
····· A motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas).
····· Entre Península y Baleares.


Patrón de Yate:

- Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas).
- Potencia adecuada a la embarcación.
- Navegación de día y de noche.
- 150 millas de la costa.
- Exámenes por la Administración.
- 48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P).
- Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P).
- Solo escuelas (con Certificado de calidad).


Capitán de Yate

- Motor y vela hasta 24 metros (vela previa realización prácticas específicas).
- Potencia adecuada a la embarcación.
- Navegación de día y de noche.
- Navegación ilimitada.
- Exámenes por la Administración.
- 48 horas de prácticas en régimen de navegación (36N + 12P).
- Curso de radio-operador de corto alcance de 12 horas (4T + 8P).
- Solo escuelas (con certificado de calidad).

Otros Cambios Significativos.

- Mantenimiento de la renovación de la tarjeta cada 10 años, previa presentación de reconocimiento psicofísico.
- Se establece la eslora máxima de la embarcaciones en 24 metros.
- Exigencia de una certificación de calidad, a escuelas y federaciones, para determinados títulos.
- Posibilidad de que la Administración Competente realice el examen práctico si así lo legisla.
- Radio operador de corto alcance como obligatorio, el de largo alcance como opcional.
- Se permite el pantano sólo para la Licencia de navegación, el PNB y las prácticas de vela.
- Se permite el empleo de embarcaciones semirrígidas solamente para la Licencia de navegación.
- Los directores de las escuelas podrán realizar prácticas siempre y cuando dispongan de la titulación adecuada.
- Se permitirá el examen por bloques en PY y CY pero solo durante 3 convocatorias seguidas.

Fuente: ANEN




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José Félix
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Mensaje Publicado: Jue, 03 Abr 2014 1:55 pm Responder citandoVolver arriba

Buenas a tod@s,

entonces, con el tituín, no tienes restricción de potencia??

Porque dice "Potencia adecuada a la embarcación."

Con lo que por ejemplo, puedes llevar una semirigida de 6m con 90cv ????



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celacanto
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Mensaje Publicado: Jue, 03 Abr 2014 3:57 pm Responder citandoVolver arriba

Los cambios no son muy grandes,principalmente es un cambio comercial.Los que tenemos ya el titulin tendremos que hacer practicas para llevar una moto de agua?


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