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País: Sexo: Registrado: 10 enero 2005
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Publicado:
Mie, 02 Abr 2014 7:59 am
Parece que confirman que va a entrar en vigor... ¿será antes del verano?
La noticia:
Cita:
· Marina Mercante confirma la entrada en vigor de una nueva regulación de los tÃtulos de navegación
· Permite navegar con el 'PER' embarcaciones de recreo de 24 metros entre la PenÃnsula y Baleares
La segunda edición del Congreso Náutico en el Palau de Congresos de Barcelona tuvo una puesta de largo más que especial. Con un aforo profesional completo y representativo de la industria náutica española, convocados por la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN), la dirección de Marina Mercante presentó el nuevo texto legal que regulará los tÃtulos de navegación en España a partir de ahora.
Como ya adelantó el pasado diciembre NAUTA360, se aumenta la eslora para poder navegar sin titulación, hasta cinco metros para embarcaciones a motor y seis metros para la vela. Además, se podrá navegar con la Licencia de Navegación (anterior titulÃn) con barcos de hasta seis metros de eslora, con la potencia recomendada por el fabricante, y con motos de agua, con dos horas de teorÃa y cuatro de prácticas.
Con respecto al tÃtulo de Patrón de Yate, con el nuevo texto legar permitirá navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y hasta 150 millas de la costa.
En relación con la venta de embarcaciones de segunda mano, Salvador Espinal, gerente de DIFISA y miembro de Faconauto, recomendó un cambio de modelo actual de la venta de barcos como sucedió con los automóviles de ocasión. "Se necesita transparencia del mercado, el cambio que nosotros notamos con el vehÃculo de ocasión fue el tema de la confianza. Cuando hubo empresas que en el automóvil profesionalizaron la venta y el cliente tenÃa garantÃa, el mercado empezó a subir. Asà crece el negocio", destacó Espinal.
País: Sexo: Registrado: 13 enero 2011
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Ubicación: Bizkaia
Publicado:
Mie, 02 Abr 2014 1:37 pm
Me temo que esa ley va a clear ploblemas a los buceadores.No veo nada de navegacion nocturna por lo que entiendo que sigue igual.Esto traera problemas en todos los sitios pero en el mediterraneo sera terrible.
· Se ha presentado en el marco del II Congreso Náutico y recoge la mayorÃa de las demandas planteadas por ANEN
· Aumenta la eslora para poder navegar sin titulación, hasta cinco metros para embarcaciones a motor y seis metros para la vela.
· Se podrá navegar con la Licencia de Navegación (anterior titulÃn) con barcos de hasta seis metros de eslora , con la potencia recomendada por el fabricante, y con motos de agua, con dos horas de teorÃa y cuatro de prácticas.
· Se amplÃan las atribuciones del tÃtulo de Patrón de Navegación Básica hasta los ocho metros de eslora
· Aumenta la eslora permitida, hasta 15 metros, para navegar con el tÃtulo de Patrón de Embarcación de Recreo que adicionalmente con la realización de 24 horas de prácticas permitirá gobernar embarcaciones de hasta 24 metros asà como navegar entre la PenÃnsula y Baleares.
· Se amplÃan las atribuciones del tÃtulo de Patrón de Yate que permitirá navegar con embarcaciones de hasta 24 metros de eslora y hasta 150 millas de la costa.
Barcelona, 1 de abril de 2014.- Son los principales cambios que introduce el texto definitivo de la Orden Ministerial que reforma las titulaciones náuticas y que se han dado a conocer hoy, por parte de la Dirección General de la Marina Mercante, durante el II Congreso Náutico, organizado por ANEN que se está celebrando en Barcelona.
Las negociaciones han sido intensas para alcanzar una normativa que nos aproxime al marco europeo y permita que nuestros tÃtulos náuticos puedan competir en las mejores condiciones con los que existen en los paÃses de nuestro entorno. Pero finalmente, la Administración atendiendo a la demanda del sector, con ANEN como principal portavoz e interlocutor, ha impulsado la reforma de las titulaciones náuticas que con el texto definitivo se espera que será publicada en breve plazo.
Este ha sido el tema estrella que se ha debatido durante la mesa redonda dedicada al Status quo reformador de la náutica de recreo, tras su presentación por parte del portavoz de la Dirección General de la Marina Mercante, Fernando HenrÃquez, y que regulará las titulaciones náutica españolas de acuerdo al siguientes condiciones y exigencias:
Exención de titulación:
- Motor hasta 5 metros.
- Vela hasta 6 metros.
- Potencia 11,2 kw (15CV)
- Navegación de dÃa.
- 2 millas de un puerto de abrigo.
Licencia de Navegación:
- Motor y vela hasta 6 metros.
- Motos de agua.
- Potencia adecuada a la embarcación.
- Navegación de dÃa.
- 2 millas de un puerto de abrigo.
- 2 horas de teorÃa (nociones radio).
- 4 horas de prácticas.
- Escuelas y Federaciones (con certificado de calidad).
Patrón de Navegación Básica:
- Motor hasta 8 metros.
- Potencia adecuada a la embarcación.
- Hasta 5 millas de un puerto de abrigo.
- Exámenes por la Administración.
- 8 horas de prácticas.
- Curso de radiocomunicaciones 4 horas (2T + 2P).
- Prácticas por las escuelas y Federaciones (con Certificado de calidad).
- Mantenimiento de la renovación de la tarjeta cada 10 años, previa presentación de reconocimiento psicofÃsico.
- Se establece la eslora máxima de la embarcaciones en 24 metros.
- Exigencia de una certificación de calidad, a escuelas y federaciones, para determinados tÃtulos.
- Posibilidad de que la Administración Competente realice el examen práctico si asà lo legisla.
- Radio operador de corto alcance como obligatorio, el de largo alcance como opcional.
- Se permite el pantano sólo para la Licencia de navegación, el PNB y las prácticas de vela.
- Se permite el empleo de embarcaciones semirrÃgidas solamente para la Licencia de navegación.
- Los directores de las escuelas podrán realizar prácticas siempre y cuando dispongan de la titulación adecuada.
- Se permitirá el examen por bloques en PY y CY pero solo durante 3 convocatorias seguidas.
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Publicado:
Jue, 03 Abr 2014 3:57 pm
Los cambios no son muy grandes,principalmente es un cambio comercial.Los que tenemos ya el titulin tendremos que hacer practicas para llevar una moto de agua?
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